Es una duda muy frecuente y con mucha angustia detrás: cuando fallece la persona que tenía un préstamo o una hipoteca, ¿tienen que pagarlo sus familiares? La respuesta de partida es que las deudas forman parte de la herencia y se transmiten junto con los bienes, según recuerda el Banco de España en su portal del cliente bancario. Pero eso no significa que haya que pagar siempre y con el propio bolsillo. La clave está en cómo se acepta esa herencia.
Las deudas se heredan (pero se puede elegir cómo)
Al aceptar una herencia se reciben tanto los bienes del fallecido como sus obligaciones: préstamos personales, hipotecas, créditos y demás deudas, que además mantienen sus condiciones originales (intereses, plazos). La buena noticia es que el Código Civil ofrece tres opciones distintas, con consecuencias muy diferentes.
1. Aceptar la herencia pura y simplemente
Es la vía más directa y también la más arriesgada. El heredero recibe todo, bienes y deudas, y si las deudas superan a los bienes, responde con su propio patrimonio. Ejemplo: si se heredan bienes por 100.000 euros pero hay deudas por 150.000, habría que pagar la diferencia con dinero propio. Conviene evitarla si no se conoce bien el estado de las cuentas del fallecido.
2. Aceptar a beneficio de inventario
Es la opción protectora, y muchas veces la más recomendable ante la duda. El heredero acepta la herencia, pero solo responde de las deudas hasta donde alcancen los bienes heredados: si la herencia no da para cubrir todo, el resto no sale del patrimonio personal. Requiere una tramitación formal ante notario y respetar los plazos que marca la ley, pero es la mejor red de seguridad cuando se sospecha que puede haber deudas ocultas o de cuantía incierta.
3. Renunciar a la herencia
El heredero no recibe nada, ni bienes ni deudas. Es una decisión irrevocable, así que hay que meditarla: tiene sentido cuando está claro que las deudas superan con mucho a los bienes y no compensa aceptar.
El seguro de vida: la deuda que se cancela sola
Un punto que muchas familias desconocen: numerosas hipotecas y préstamos llevan asociado un seguro de vida. Si el titular fallece, la aseguradora paga al banco el importe pendiente, de modo que la deuda queda cancelada y los herederos pueden quedarse con el bien libre de cargas. Por eso, antes de dar ningún paso, conviene comprobar si existe ese seguro.
Ojo con los avales
Hay un caso especial: si el fallecido era avalista de un préstamo de otra persona, esa responsabilidad también se hereda. Quien acepte la herencia pura y simple podría tener que responder si el deudor principal deja de pagar. De nuevo, el beneficio de inventario limita ese riesgo.
En resumen
Antes de aceptar una herencia conviene hacer números: localizar todas las deudas (el certificado de últimas voluntades y una consulta a los bancos ayudan), comprobar si hay seguros que salden los préstamos y, si hay dudas, acudir a un notario y valorar el beneficio de inventario. Una herencia con deudas no es automáticamente una ruina, pero exige decidir con información, no con prisas.



