La actriz Elisa Mouliaá afronta la causa abierta en el Juzgado de Instrucción número 9 de Madrid por una querella por presuntas calumnias interpuesta por el exdiputado de Sumar Íñigo Errejón, en un procedimiento que se tensó después de que el magistrado Arturo Zamarriego dictara una orden de detención y conducción para garantizar su comparecencia. Según informó eldiario.es, el juez adoptó la medida tras constatar que la actriz no había acudido a declarar pese a haber sido citada en tres ocasiones.

Por qué se ordenó su detención

Mouliaá fue convocada como investigada en esta causa, no como testigo. El magistrado apreció, según El Español, una «clara e inequívoca voluntad de eludir la acción de la Justicia», razón por la que ordenó su detención y puesta a disposición judicial para que prestara declaración. La actriz justificó sus ausencias alegando que se encontraba trabajando en el extranjero, con comunicaciones limitadas.

La defensa de Mouliaá solicitó que pudiera declarar por videollamada, una petición que el juez no atendió. La orden de detención, dictada el 16 de junio de 2026, se mantendría vigente y se ejecutaría a su regreso a España; una vez prestada declaración, quedaría en libertad. El instructor acordó además investigar si la reiterada incomparecencia podría constituir un presunto delito de desobediencia a la autoridad judicial.

Dos causas distintas que no deben confundirse

Es importante separar los dos procedimientos. La querella por presuntas calumnias es la causa que Errejón presentó contra Mouliaá: el exdiputado sostiene, según Telecinco, que la actriz le atribuyó públicamente afirmaciones que él considera falsas. Mouliaá está amparada por la presunción de inocencia respecto a esta acusación.

La causa principal es la inversa: la denuncia que Mouliaá interpuso contra Errejón por una presunta agresión sexual, hecho que el político ha negado y por el que dimitió de sus cargos en Sumar y en el Congreso a finales de 2024. En ese proceso, instruido por otro juzgado de Madrid, el instructor acordó la apertura de juicio oral contra el exdiputado, según Infobae. Errejón también está amparado por la presunción de inocencia y no ha sido condenado.

Una causa que sigue su curso

Ambas partes mantienen sus respectivas posiciones y seguirán ejerciendo su derecho de defensa en unos procedimientos que continúan abiertos. Será la Justicia la que resuelva, por un lado, la querella por presuntas calumnias y, por otro, el juicio pendiente por la presunta agresión sexual. Conviene recordar que ninguna de las dos personas implicadas ha sido condenada y que, en ambos casos, rige la presunción de inocencia.