Qué es la jubilación parcial

La jubilación parcial permite a un trabajador reducir su jornada en los últimos años de su vida laboral y empezar a cobrar una parte de la pensión antes de jubilarse del todo. Es decir: se trabaja menos, se cobra menos sueldo, pero se adelanta una porción de la pensión. La clave es que las horas que el trabajador deja de hacer las cubre un relevista, contratado para la ocasión.

Qué ha cambiado

Esta fórmula existía desde hace años en el sector privado, pero el personal laboral de las Administraciones públicas no podía acogerse a ella, lo que generaba un agravio. El Gobierno ha aprobado ahora, por real decreto-ley, extender esa posibilidad al personal laboral de todas las Administraciones —Estado, comunidades autónomas y ayuntamientos—, según elDiario.es y El País.

A quién afecta (y a quién no)

La medida se dirige al personal laboral —trabajadores con contrato laboral— de las distintas Administraciones. Quedan fuera los funcionarios de carrera y el personal estatutario, que se rigen por un régimen propio. Aunque el número exacto de potenciales beneficiarios está por concretar, se habla de decenas de miles de empleados públicos que hasta ahora no tenían esta vía para una salida gradual del mercado laboral.

Cómo funciona

Para acceder a la jubilación parcial es imprescindible el contrato de relevo: alguien que ocupe la parte de jornada que libera quien se prejubila parcialmente. Esa contratación será, preferentemente, estable. La reforma permite una transición más suave hacia el retiro y, de paso, facilita el relevo generacional y la transmisión de conocimiento dentro de las plantillas públicas.

Próximos pasos

El real decreto-ley entra en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado, aunque, como toda norma de este tipo, deberá ser convalidado en el Congreso para consolidarse. Para los trabajadores interesados, el siguiente paso será conocer el desarrollo concreto y los requisitos exactos —edad, antigüedad, porcentajes de reducción de jornada— que fijen la norma y la Seguridad Social.