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title: "Vacaciones de los niños, pero no de los padres: las cuatro herramientas legales para conciliar el trabajo en verano"
description: "Cuando el colegio cierra y los campamentos no cubren toda la jornada, miles de familias se enfrentan al mismo problema: ¿quién cuida de los hijos mientras los padres siguen trabajando? El Estatuto de los Trabajadores ofrece varias salidas legales, cada una con condiciones, costes y plazos distintos que conviene conocer."
category: "Nacional"
category_url: https://titularhoy.es/categoria/inrikes
author: "Javier Reyes"
published: 2026-06-23T09:45:00.000Z
updated: 2026-06-23T09:45:00.000Z
canonical: https://titularhoy.es/articulo/vacaciones-de-los-ninos-pero-no-de-los-padres-las-cuatro-herramientas-legales-pa
tags: ["conciliación", "verano", "derechos laborales", "Estatuto de los Trabajadores", "reducción de jornada", "permiso parental", "excedencia"]
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# Vacaciones de los niños, pero no de los padres: las cuatro herramientas legales para conciliar el trabajo en verano

Cuando el colegio cierra y los campamentos no cubren toda la jornada, miles de familias se enfrentan al mismo problema: ¿quién cuida de los hijos mientras los padres siguen trabajando? El Estatuto de los Trabajadores ofrece varias salidas legales, cada una con condiciones, costes y plazos distintos que conviene conocer.

El fin del curso escolar no coincide con el fin de la jornada laboral. Entre finales de junio y mediados de septiembre, muchos padres y madres tienen que sostener el cuidado de sus hijos sin una de las grandes infraestructuras del país: el colegio. La buena noticia es que la ley reconoce varias herramientas para reorganizar el trabajo. La mala es que ninguna es automática y casi todas tienen letra pequeña. Repasamos las cuatro principales.

## Adaptar la jornada (art. 34.8 ET): cambiar el horario sin perder sueldo

La opción más interesante para el verano es la adaptación de jornada. A diferencia de la reducción, aquí no se cobra menos: se trata de cambiar la duración, la distribución o la forma de prestar el trabajo —incluido el [teletrabajo](https://www.iberley.es/revista/adaptacion-jornada-art-34-8-et-que-analizaran-los-tribunales-caso-negativa-parte-empresa-1235)— para hacerlo compatible con el cuidado de hijos de hasta doce años, manteniendo el mismo salario.

No es un derecho de aplicación directa: el trabajador lo solicita y la empresa debe abrir un proceso de negociación de buena fe, con un plazo máximo de treinta días, tras el cual puede aceptar, proponer una alternativa o denegar la petición de forma motivada. Si la empresa incumple ese trámite, los tribunales tienden a estimar lo pedido por la persona trabajadora.

## Reducir la jornada (art. 37.6 ET): menos horas, menos salario

La figura más conocida. Quien tenga a su cargo un menor de doce años puede reducir su jornada diaria entre, al menos, un octavo y, como máximo, la mitad, con una **disminución proporcional del salario**. Es decir: si se reduce un tercio de la jornada, se cobra un tercio menos. La solicitud debe presentarse con quince días de antelación, indicando el nuevo horario y el periodo en que se mantendrá, según recuerda [Acountax](https://acountaxmadrid.es/reduccion-jornada-laboral-por-guarda-legal-o-cuidado-familiar/). Es útil si se necesita una franja fija de horas libres durante el verano, pero conviene calcular el impacto económico.

## La excedencia por cuidado de hijos (art. 46.3 ET): la opción radical

Para quien necesite dejar de trabajar durante un periodo más largo existe la excedencia por cuidado de hijos, de hasta tres años desde el nacimiento o la adjudicación de la guarda. No se cobra salario, pero el primer año da derecho a reserva del mismo puesto de trabajo, y el resto del periodo a un puesto del mismo grupo profesional. Es una herramienta pensada para situaciones prolongadas más que para cubrir un único verano, pero sigue en el catálogo de opciones.

## El permiso parental de ocho semanas: la novedad de 2026

Es la figura más nueva y la que más confusión genera. El [artículo 48 bis del Estatuto](https://www.iberley.es/legislacion/articulo-48-bis-estatuto-trabajadores), introducido en 2023 para transponer la directiva europea de conciliación, reconoce a cada progenitor un permiso individual e intransferible de ocho semanas para el cuidado de hijos menores de ocho años. Puede disfrutarse de forma continua o discontinua, por semanas completas, avisando a la empresa con al menos diez días de antelación, lo que lo hace especialmente flexible para los meses de verano.

**¿Es retribuido?** Aquí está el cambio de 2026: por el Real Decreto-ley 9/2025, **dos de las ocho semanas pasan a estar retribuidas** al 100% de la base reguladora a cargo de la Seguridad Social, solicitables desde el 1 de enero de 2026. Las **seis semanas restantes siguen sin remuneración**, salvo mejora por convenio. La Comisión Europea ha [abierto un procedimiento de infracción a España](https://www.elespanol.com/sociedad/20260419/ue-presiona-espana-reclama-sigue-sin-pagar-permiso-parental-semanas/1003744206459_0.html) por considerar insuficiente que solo dos semanas sean pagadas, de modo que el alcance retribuido podría ampliarse en el futuro.

## Antes de decidir

No todas las opciones encajan en todos los casos: la adaptación protege el sueldo pero exige negociación; la reducción es más segura pero cuesta dinero; la excedencia es para periodos largos; y el permiso parental aporta flexibilidad con solo dos semanas pagadas. Lo recomendable es revisar el convenio colectivo —que puede mejorar todos estos derechos— y presentar las solicitudes por escrito y con antelación para dejar constancia.

## Fuentes

- [Artículo 48 bis del Estatuto de los Trabajadores](https://www.iberley.es/legislacion/articulo-48-bis-estatuto-trabajadores)
- [La UE presiona a España y le reclama que sigue sin pagar el permiso parental de 8 semanas en 2026](https://www.elespanol.com/sociedad/20260419/ue-presiona-espana-reclama-sigue-sin-pagar-permiso-parental-semanas/1003744206459_0.html)
- [Reducción de jornada laboral por guarda legal o cuidado familiar](https://acountaxmadrid.es/reduccion-jornada-laboral-por-guarda-legal-o-cuidado-familiar/)

